
Sede de la Agencia Tributaria. Ministerio de Hacienda.
La facturación electrónica obligatoria entre empresas en España entra en una nueva fase tras la publicación, este viernes 17 de abril, del borrador de la Orden Ministerial que completa su desarrollo normativo. El documento, difundido en trámite de audiencia pública, establece por primera vez una fecha concreta que marcará el inicio del calendario de implantación.
Según el texto, la Orden entrará en vigor el 1 de octubre de 2026, momento a partir del cual comenzará a computarse el plazo previsto en la normativa vigente. De acuerdo con los tiempos fijados en la Ley Crea y Crece y en el Real Decreto 238/2026, la obligatoriedad efectiva de la factura electrónica B2B se sitúa previsiblemente en torno al 1 de octubre de 2027.
En ese esquema, el borrador establece una implantación escalonada en función del volumen de facturación. La Orden se encuentra aún en fase de tramitación, por lo que no tiene carácter definitivo. Las empresas con una facturación anual superior a 8 millones de euros dispondrán de un plazo de 12 meses desde su entrada en vigor, mientras que el resto contará con 24 meses, lo que sitúa su adaptación en una fase posterior del calendario.
Este avance supone un paso relevante para el tejido empresarial, que hasta ahora carecía de una referencia temporal concreta para planificar la adaptación a este modelo. Aunque el borrador no es definitivo, su contenido permite anticipar el calendario sobre el que deberán trabajar las organizaciones en los próximos meses.
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Uno de los principales cambios introducidos por este sistema es de carácter conceptual. La factura electrónica deja de ser un simple documento digital para convertirse en una herramienta que permite el seguimiento completo del ciclo de la operación comercial. En este sentido, la normativa establece la obligación de informar sobre el estado de cada factura, incluyendo si ha sido aceptada, rechazada o pagada, lo que mejora la trazabilidad de los procesos.
Este enfoque está alineado con uno de los objetivos centrales de la Ley Crea y Crece: reforzar el control de los plazos de pago entre empresas y contribuir a la reducción de la morosidad en el ámbito B2B.
En el plano técnico, el borrador fija también las bases del modelo de interoperabilidad. Todas las facturas deberán ajustarse al estándar europeo EN16931 y utilizar una sintaxis estructurada como UBL (Universal Business Language), lo que permitirá que la información sea procesable automáticamente entre distintos sistemas y plataformas.
Además, cada factura contará con un identificador único generado a partir de datos como el NIF del emisor, el número y serie del documento y la fecha de expedición, facilitando su seguimiento dentro del ecosistema digital.
La publicación de este borrador marca el inicio de la cuenta atrás para la implantación de la factura electrónica obligatoria en España. A partir de su aprobación definitiva, las empresas deberán abordar la adaptación de sus procesos internos y sistemas tecnológicos para cumplir con los nuevos requisitos, en un contexto en el que la digitalización y el control de las operaciones comerciales ganan peso en la regulación.




